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Aislamiento de Conductos Metálicos
Exigencia de seguridad
IT 1.3.4.2.10.1. Conductos de aire. Generalidades
1. Los conductos deben
cumplir en materiales y fabricación, las nor-
mas
UNE
EN
12237
para
conductos
metálicos,
y
UNE
EN
13403
para conductos no metálicos.
2. El revestimiento interior de los conductos resistirá la acción agresi-
va
de los
productos de desinfección, y su
superficie interior tendrá
una resistencia mecánica que permita soportar los esfuerzos a los
que estará sometida durante las operaciones de limpieza mecánica
que establece la norma UNE 100012 sobre higienización de siste-
mas de climatización.
3. La velocidad y la presión máximas admitidas en los conductos se-
rán las que
vengan
determinadas por
el tipo de
construcción, se-
gún las normas UNE EN 12237 para conductos metálicos y UNE EN
13403 para conductos de materiales aislantes.
4. Para el diseño de los soportes de los conductos se seguirán las ins-
trucciones que dicte el fabricante, en función del material emplea-
do, sus dimensiones y colocación.
IT 1.3.4.2.10.4. Conductos flexibles
Los conductos flexibles se instalarán
totalmente
desplegados
y con
curvas de
radio
igual o mayor que el diámetro nominal. La longitud
máxima permitida es de 1,2 m.
IT 1.3.4.3. Protección contra incendios
Se cumplirá
la reglamentación vigente sobre condiciones
de protec-
ción contra incendios que sea de aplicación a la instalación térmica.
CTE -Documento básico- Seguridad contra incendios.
Sección SI 1, apartado 4, “Reacción al fuego de
CTE -Documento básico- Seguridad contra incendios.
Sección SI 1, apartado 4, “Reacción al fuego de
CTE -Documento básico- Seguridad contra incendios.
elementos constructivos, decorativos y de mobiliario
Sección SI 1, apartado 4, “Reacción al fuego de
elementos constructivos, decorativos y de mobiliario
Sección SI 1, apartado 4, “Reacción al fuego de
Clases de reacción al fuego de los elementos constructivos.
Situación de elemento
Revestimientos
De T
echos y
Paredes
De T
echos y
Paredes
De T
echos y
De Suelos
Zonas ocupables
(4)
C-s2, d0
E
FL
Aparcamientos
A2-s1, d0
A2
FL
-s1
Pasillos y escaleras protegidos
B-s1, d0
C
FL
-s1
Espacios ocultos no estancos:
Patinillos,falsos techos, suelos
Espacios ocultos no estancos:
Patinillos,falsos techos, suelos
Espacios ocultos no estancos:
elevados ,etc.
Patinillos,falsos techos, suelos
elevados ,etc.
Patinillos,falsos techos, suelos
B-s3, d0
B
FL
-s2
(1)
Siempre que superen el 5% de las superficies totales del conjunto de las paredes,
del conjunto de los techos o del conjunto de los suelos del recinto considerado.
(2)
Incluye las tuberías y conductos que transcurren por las zonas que se indican sin
recubrimiento resistente al fuego. Cuando se trate de tuberías con aislamiento
térmico lineal, la clase de reacción al fuego será la que se indica, pero incorpo-
rando el subíndice L.
(3)
Incluye a aquellos materiales que constituyen una capa contenida en el interior
del techo o pared y que no esté protegida por una capa que sea el 30 como mí-
nimo.
(4)
Incluye,
tanto las de
permanencia de personas, como las de circulación que no
sean protegidas.
Excluye el interior de viviendas.
En uso hospitalario se aplicarán
las mismas condiciones que en pasillos y escaleras protegidas.
(5)
Véase el capítulo 2 de esta sección.
Véase el capítulo 2 de esta sección.
V
(6)
Se refiere a la parte inferior de la cavidad. Por
ejemplo, en la cámara de los fal-
sos techos se refiere al material situado en la cara superior de la membrana.
En
espacios con clara configuración vertical (por ejemplo, patinillos) esta condición
no es aplicable.
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